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8/8/12

Casa Amarilla por Oswaldo Páez-Pumar


Resulta extraño el silencio con el cual el MRREE ha enfrentado los incidentes en la Embajada en Kenia. El embajador, si es que puede dársele ese nombre, acusado por sus empleados locales de acoso sexual. La solución su salida y la llegada de una embajadora (encargada de negocios a. i.) que plantea a los empleados el retiro de la denuncia, es decir, echarle tierra a lo del acoso sexual en lugar de aclararlo. Un nuevo conflicto con los empleados locales que se resisten a la petición  y la encargada de negocios invoca ante el gobierno ante el cual está acreditada razones de seguridad para exigir el retiro de ese personal al margen de lo que establece la ley local en el trato con los empleados. Se produce el asesinato en la sede de la embajada donde aparece implicado el primer secretario, quien sostiene una relación equívoca con un miembro del personal local y al cual se le levanta la inmunidad para que sea juzgado en Kenia con arreglo a la ley local que contempla la pena de muerte. Como si no fuera dantesco lo narrado, el uso de la valija diplomática para el envío de droga es señalado como parte del cuadro donde se interrelacionan el primer secretario con los empleados locales y el asesinato de la embajadora, que no es desmentido por el Ministro del ramo, sino por el de Interior y Justicia que por su dicho pareciera estar encargado de supervisar el contenido de la “valija diplomática”.

Frente a la secuencia de los hechos que dejo narrados me surgen las siguientes inquietudes: 1) ¿Por qué frente a la acusación al embajador de acoso sexual no hay un procedimiento instruido para aclarar los hechos y por qué, si lo hay, no se ha informado de su existencia aunque se reserven los hallazgos hasta que el caso sea esclarecido y decidido? 2) ¿Por qué la misión de la encargada de negocios es solicitar de los empleados el retiro de la denuncia, en lugar de indagar sobre su veracidad y formar el correspondiente expediente? 3) ¿Por qué el gobierno asume una actitud distinta frente al embajador y al primer secretario, amparando con la inmunidad al primero y levantándosela al segundo, exponiéndolo a un juicio que incluso puede comportar pena de muerte, proscrita en nuestra Constitución? 4) ¿Por qué el Ministro de Interior y Justicia encargado de perseguir el narcotráfico en el territorio  es quien declara sobre asunto de tráfico de drogas en Kenia y sobre el uso de la valija diplomática?

Como no encuentro respuesta ni siquiera a una de las preguntas que me formulo, deja de resultarme extraño el silencio ya que al amparo de las sombras no trabaja sino el crimen.

Caracas, 8 de agosto de 2012

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